Usufructus

Usufructus (Máxima)

Significado y Descripción de Usufructus

Información sobre la máxima latina “usufructus”: Usufructo. Derecho de usar de la cosa ajena y aprovecharse de todos sus frutos. Justiniano lo admite en las Instituciones diciendo que es: Jus alienis rebus utendi fruendi; salva rerum substantia (derecho de usar y disfrutar de una cosa ajena sin alterar la sustancia de la misma). Supone, por tanto, una persona que lo tenga por haberse constituido a su favor (usufructuarius, fructuarius); una cosa gravada con el usufructo y que no se destruya por el uso, ya que ha de quedar a salvo su sustancia (res fructuaria), y una persona a quien esta cosa pertenezca (propietarius, dominus propietatis). El derecho del usufructuario comprende el de usar de la cosa agravada (usus, utendi) y el de percibir los frutos (fructus, fruendi), quedándole al propietario solamente la de disponer (abusus, abutendi, nuda proprietas). La facultad de usar no comprende la de disfrutar; pero sí está la de usar por cuanto es necesaria para su ejercicio, de modo que no pueden separase una de otra en el usufructu, ya que si sólo se concediera la de uso no habría usufructo, y conferida la de disfrutar, se entiende otorgada la de usar. El usufructuario debe mantener la cosa en el mismo estado que la recibió (salva rerum substantia), pues no tiene la facultad de disponer. Para más información sobre términos jurídicos en latín, su significado, y las máximas latinas jurídicas (además de usufructus), véase aquí. Puede también interesarle los latinismos en derecho, los principios generales del derecho en latín, un glosario de palabras en latín de derecho romano (con significado en inglés) y frases de justicia en latín.