Ubi Autem Dicti Fori Non Suffecerint Ad Naturalem Sensum Vel Aequitatem Recurratur

Ubi Autem Dicti Fori Non Suffecerint Ad Naturalem Sensum Vel Aequitatem Recurratur (Máxima)

Significado y Descripción de Ubi Autem Dicti Fori Non Suffecerint ad Naturalem Sensum Vel Aequitatem Recurratur

Información sobre la máxima latina “ubi autem dicti fori non suffecerint ad naturalem sensum vel aequitatem recurratur”: Principio jurídico del derecho aragonés contenido en el proemio primero de los Fueros aragoneses recopilados en 1247, según el cual cuando el fuero dictado al efecto no sea suficiente para resolver la cuestión o punto debatido, debe recurrirse a la razón natural o equidad, que por consecuencia se reconoce expresamente como fuente del Derecho aragonés y en lugar preferente al de Castilla o al incluido en las leyes castellanas, que era el supletorio en Aragón antes de la publicación del Código civil. Para más información sobre términos jurídicos en latín, su significado, y las máximas latinas jurídicas (además de ubi autem dicti fori non suffecerint ad naturalem sensum vel aequitatem recurratur), véase aquí. Puede también interesarle los latinismos en derecho, los principios generales del derecho en latín, un glosario de palabras en latín de derecho romano (con significado en inglés) y frases de justicia en latín.