Exceptio Rei Iudicatae Vel In Iudicium Deductae

Exceptio Rei Iudicatae Vel In Iudicium Deductae (Máxima)

Aforismo: Exceptio Rei Iudicatae Vel in Iudicium Deductae

Significado de Exceptio Rei Iudicatae Vel in Iudicium Deductae: Excepción de cosa juzgada y deducida en juicio que se concede al demandado que quiere hacer valer frente al demandante la autoridad de cosa juzgada de una sentencia anterior en el proceso que contra él se intenta, y al propio tiempo evitar que se alteren los términos del litigio tal como habían quedado con anterioridad fijados en la fórmula en el momento de la litis contestatio, en el procedimiento formulario.