Debita Meditatione

Debita Meditatione (Máxima)

Significado y Descripción de Debita Meditatione

Información sobre la máxima latina “debita meditatione”: Célebre pragmática dictada por Pedro III el 14 de noviembre de 1339, que constituye un privilegio local de Barcelona en materia de derecho civil de sucesiones testadas. Dispone que para la validez del testamento de una disposición de última voluntad, basta con que se tenga capacidad de testar y se instituya heredero capaz, aunque haya preterición o desheredación o se omita alguna solemnidad, con tal de que en el testamento o última voluntad haya dos o más testigos y sea público, quedando a salvo a los preteridos o desheredados injustamente su derecho a la legítima, y que aunque llegue a faltar, por cualquier causa el heredero instituido, valgan los legados y fideicomisos o cualquier otra disposición hechos a personas capaces. Para más información sobre términos jurídicos en latín, su significado, y las máximas latinas jurídicas (además de debita meditatione), véase aquí. Puede también interesarle los latinismos en derecho, los principios generales del derecho en latín, un glosario de palabras en latín de derecho romano (con significado en inglés) y frases de justicia en latín.