Quod Omnes Tangit ab Omnibus Approbetur

Quod Omnes Tangit ab Omnibus Approbetur (Máxima)

1. Lo que afecta a todos, por todos debe ser aprobado (Cfr. Codex Justinianus 5.59.5.2, del 531. Cfr. un comentario en Rafael Domingo (ed), Javier Ortega, Beatriz Rodríguez-Antolín y Nicolás Zambrana, Principios de Derecho Global. 1000 reglas, principios y aforismos jurídicos comentados (2ª ed., The Global Law Collection, Thomson Aranzadi, Cizur Menor, 2006) § 843). Este principio tardorromano, aplicado profusamente en el Medievo, recoge el fundamento de los ordenamientos democráticos y del gobierno de la Antroparquía en que ha de organizarse la Humanidad. El derecho global (véase el derecho común de la humanidad, los principios específicos del ordenamiento jurídico global, los principios informadores del ordenamiento jurídico global, el ordenamiento jurídico global, el derecho de los pueblos y la crisis del derecho internacional) se apoya firmemente en este axioma para establecer las competencias que le corresponden en razón de la materia. A lo largo de esta obra, este principio es considerado como la norma de reconocimiento del derecho global (véase el derecho común de la humanidad, los principios específicos del ordenamiento jurídico global, los principios informadores del ordenamiento jurídico global, el ordenamiento jurídico global, el derecho de los pueblos y la crisis del derecho internacional) (rule of recognition). La capacidad de decisión no puede distanciarse de las personas y grupos sociales afectados por los conflictos. Por eso, los problemas que tocan a la Humanidad han de ser resueltos por ella misma, organizada jurídicamente. La protección de los Derechos humanos, el mantenimiento de la paz en el mundo, el enjuiciamiento de los crímenes internacionales, las regulaciones del armamento, del medio ambiente y del comercio internacional, la erradicación de la pobreza en el mundo, etc., son materias que nos afectan a todos y que, por tanto, deben ser resueltas por la Humanidad; no por una criptocracia selecta.

Fuente: basado en Rafael Domingo Osl. (¿Qué es el Derecho Global?)