Mala Fides Superveniens Non Nocet

Mala Fides Superveniens Non Nocet (Máxima)

Aforismo: Mala Fides Superveniens Non Nocet

Significado de Mala Fides Superveniens Non Nocet: Regla jurídica formulada por los comentaristas, expresiva de que en materia de usucapión, en la que se precisa buena fe en la posesión en su iniciación, la mala fe declarada o sobrevenida con posterioridad al momento de la adquisición de la posesión no es obstáculo para que la usucapión prosiga a favor de quien así posee.